BASES PARA CONVOCATORIA DE SOCIEDADES DE AUDITORÍA EXTERNA PARA LA COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO MF PRISMA
La presente convocatoria para la designación de una Sociedad de Auditoría Externa (SAE) es conducida por la Cooperativa de Ahorro y Crédito MF Prisma, de acuerdo con las normativas, políticas y disposiciones establecidas en la Res. S.B.S. N° 1297-2022 que aprueba el Reglamento de Auditoría Externa para las Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público (COOPAC) Nivel 2 A.
INFORMACIÓN GENERAL DE LA COOPERATIVA
RAZÓN SOCIAL: COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO MF PRISMA
DOMICILIO LEGAL: Av. Guardia Civil N° 1321– Of. 1501, Surquillo, Lima 15036.
RUC: 20553180695
1. TÉRMINOS DE REFERENCIA
1.1. ANTECEDENTES DE LA ENTIDAD
La Cooperativa de Ahorro y Crédito MF PRISMA (COOPAC MF PRISMA) es una persona Jurídica sin fines de lucro, de derecho privado que se rige por la Ley General de Cooperativas. Su principal actividad consiste en atender las necesidades financieras de sus socios mediante el ejercicio de las actividades propias de las entidades de crédito. El domicilio legal de la cooperativa se encuentra en Lima, contando actualmente con 7 agencias en Ayacucho, Cuzco, Ucayali, San Martín y Lima y 3 oficinas informativas dependientes de estas agencias. La COOPAC MFP está calificada en el Nivel Modular: 2 Tipo: A
CUADRO N°1: AGENCIAS DE LA COOPAC MFP
1.2. ALCANCE Y PERIODO DE LA AUDITORÍA
•Tipo de Auditoría: Auditoría Financiera
•Período de la Auditoría: Ejercicio Económico 2024
1.3. BASE LEGAL
•Ley General de Cooperativas: Texto Único Ordenado de la Ley General de Cooperativas, aprobado por el Decreto Supremo N° 074-90-TR y sus modificatorias.
•Resolución SBS. N° 1297-2022 Nuevo Reglamento de Auditoría Externa para las Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público. Agencias Dirección Dpto.
•Resolución SBS N° 480-2019 – Reglamento General de Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público.
•Resolución SBS Nº 2660-2015 – Reglamento de Gestión de Riesgos de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo.
•Resolución SBS N° 5060-2015 – Reglamento para la Prevención de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo aplicable a Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del público.
•Ley N° 30822 – Ley que modifica la Ley N° 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y otras normas concordantes, respecto de la regulación y supervisión de las Cooperativas de Ahorro y Crédito.
•D.S. Nº 018-2006-JUS Nuevo Reglamento de la Ley que crea la Unidad de Inteligencia Financiera.
•Resolución SBS Nº 13278-2009 Reglamento de la Gestión Integral de Riesgos para las Cooperativas de Ahorro y Crédito no Autorizadas a Captar Recursos del Público.
•Resolución SBS N° 17025-2010 Reglamento del Registro de Sociedades de Auditoría Externa.
•Normas Regulatorias Complementarias establecidas por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP’s.
1.4. METODOLOGÍA DE EVALUACIÓN Y CALIFICACIÓN DE LAS PROPUESTAS
La evaluación y calificación de las propuestas se llevará a cabo de acuerdo con las normas legales correspondientes y los criterios establecidos en la presente convocatoria. Se considerarán aspectos como la experiencia y trayectoria de la sociedad auditora, la idoneidad del equipo de trabajo, la metodología propuesta para llevar a cabo la auditoría y la propuesta económica presentada.
1.5. CRONOGRAMA PROCESO DE SELECCIÓN: 01 de julio al 31 de agosto de 2024.
1.6. PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS:
Las propuestas deben ser dirigidas al Consejo de Vigilancia y se presentaran de manera virtual a través de los siguientes correos electrónicos: gborjac@yahoo.es y rsanchez@mfp.pe
Importante: Las constancias de habilitación y los curriculums del equipo deben ser enviadas por separado a los correos mencionados. Para obtener información adicional sobre las Bases de la Convocatoria de Sociedades de Auditoría Externa, llamar al: 995985133.
1.7. SOCIEDADES ELEGIBLES
•Cumplir con los requisitos de contratación establecidos en el Artículo 5º de la Resolución. SBS.N°1297-2022.
•Tener al menos tres (03) años de experiencia en actividades de auditoria en el sistema financiero y/o cooperativo de Ahorro y Crédito.
•Los socios y el equipo de auditores asignados deben contar con capacitación profesional y experiencia en los temas relacionados con los encargos establecidos por esta norma. Los socios, gerentes o personal encargado de liderar la auditoría deben tener al menos tres (3) años de experiencia de auditoría externa.
•Se requiere tener experiencia de al menos dos (02) años en ONG dedicada a las microfinanzas. Esta condición no es excluyente.
1.8. DE LA PROPUESTAS
Contenido de las propuestas
Las propuestas deben incluir:
•(01) Propuesta Técnica (enviar las constancias de habilitación y CV del equipo por separado)
•(01) Propuesta Económica.
Presentación
•Los expedientes deben ser enviados al correo electrónico indicado en la convocatoria, adjuntando las propuestas mencionadas.
•La remisión debe dirigirse al Sr Adolfo Gustavo Borja Castro, presidente del Consejo de Vigilancia de la Cooperativa de Ahorro y Crédito MF Prisma, con copia a la jefa de la Unidad de Auditoria Interna, Roxana Sánchez Terrones.
•La presentación del expediente implica la aceptación por parte de las sociedades auditoras participantes de todas las disposiciones y normas contenidas en las presentes Bases, así como la autoridad de decisión de los Órganos de gestión de la Cooperativa, sin necesidad de declaración expresa.
1.9. TIPO Y CANTIDAD DE INFORMES DE AUDITORÍA
Al finalizar la auditoría, la Sociedad de Auditoría Externa (SAE) presentará a la Cooperativa el Dictamen de los Estados Financieros, el Informe sobre el Sistema de Control Interno y los informes complementarios establecidos en los artículos 17° al 20° del Reglamento de Auditoría Externa aprobado por Resolución SBS N° 1297-2022 dentro de los plazos establecidos en el artículo 21° de la misma norma, debidamente suscritos.
Asimismo, deberá elevar simultáneamente, en formato impreso y digital la siguiente información dentro de los plazos establecidos.
•Un ejemplar de cada informe, para ser enviado a la Superintendencia de Banca, Seguros y AFPs.
•Un ejemplar de cada informe, para el Consejo de Administración.
•Un ejemplar de cada informe, para la Gerencia General.
•Un ejemplar de cada informe digital.