BASES PARA CONVOCATORIA DE SOCIEDADES DE AUDITORÍA EXTERNA PARA LA COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO MF PRISMA
La presente convocatoria para la designación de una Sociedad de Auditoría Externa (SAE) es conducida por la Cooperativa de Ahorro y Crédito MF Prisma, de conformidad con las disposiciones establecidas en la Resolución SBS N.° 1297-2022, que aprueba el Reglamento de Auditoría Externa para las Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público (COOPAC) Nivel 2 Tipo A.
INFORMACIÓN GENERAL DE LA COOPERATIVA
Razón Social: COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO MF PRISMA
RUC: 20553180695
Domicilio Legal: Av. Guardia Civil N° 1321– Of. 1501, Surquillo, Lima 15036.
1. TÉRMINOS DE REFERENCIA
1.1. Antecedentes de la Entidad
La Cooperativa de Ahorro y Crédito MF PRISMA (COOPAC MF PRISMA) es una persona Jurídica sin fines de lucro, de derecho privado que se rige por la Ley General de Cooperativas. Su principal actividad consiste en atender las necesidades financieras de sus socios mediante el ejercicio de las actividades propias de las entidades de crédito.
La COOPAC MF Prisma tiene su domicilio legal en Lima y cuenta actualmente con seis (06) agencias en Ayacucho, Cuzco, Ucayali, San Martín y Lima, así como con tres (03) oficinas informativas dependientes de dichas agencias. Está calificada en el Nivel Modular: 2, Tipo: A.
Cuadro N°1: Agencias de la COOPAC MF PRISMA
1.2. Alcance y Período de la Auditoría
Tipo de Auditoría: Auditoría Financiera Externa.
Período de la Auditoría: Ejercicio económico 2026.
La Sociedad de Auditoría Externa deberá efectuar, conforme al Reglamento de Auditoría
Externa para las COOPAC:
• Auditoría a los Estados Financieros del ejercicio 2026.
• Informe sobre el Sistema de Control Interno.
• Informes complementarios previstos en los artículos 17 al 20 de la Resolución SBS N.°
1297-2022.
• Evaluación del Sistema de Prevención de Lavado de Activos y Financiamiento del
Terrorismo (LA/FT), conforme a la normativa vigente.
1.3. Base Legal
• Texto Único Ordenado de la Ley General de Cooperativas, aprobado mediante Decreto Supremo N.° 074-90-TR y modificatorias.
• Resolución SBS N.° 1297-2022 – Reglamento de Auditoría Externa para las COOPAC.
• Resolución SBS N.° 480-2019 – Reglamento General de las COOPAC.
• Resolución SBS N.° 2660-2015 – Reglamento de Gestión de Riesgos de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo.
• Resolución SBS N.° 5060-2015 – Reglamento para la Prevención del LA/FT aplicable a las COOPAC.
• Ley N.° 30822.
• Decreto Supremo N.° 018-2006-JUS.
• Resolución SBS N.° 13278-2009.
• Resolución SBS N.° 17025-2010 – Reglamento del Registro de Sociedades de Auditoría Externa.
• Demás normas regulatorias emitidas por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP.
1.4. Metodología de Evaluación y Calificación de Propuestas
Las propuestas serán evaluadas considerando, entre otros, los siguientes criterios:
• Experiencia y trayectoria de la sociedad auditora.
• Experiencia e idoneidad del equipo profesional.
• Metodología de trabajo propuesta.
• Propuesta económica.
1.5. Cronograma del Proceso de Selección
Modalidad de ejecución: Mixta (remota y presencial).
Presentación de Propuestas:
Las propuestas técnicas y económicas deberán dirigirse al Consejo de Vigilancia.
Modalidad presencial
Av. Guardia Civil N.° 1321 – Oficina 1501
Surquillo – Lima 15036
Horario de atención:
Lunes a viernes de 09:00 a 18:00 horas.
Modalidad virtual
• gborjac@yahoo.es
• Con copia a: rsanchez@mfp.pe
Las constancias de habilitación profesional, acreditación de ausencia de sanciones y los currículos del equipo auditor deberán remitirse en archivo independiente.
Consultas: 995 985 133
1.6. Sociedades Elegibles
Podrán participar únicamente las Sociedades de Auditoría Externa que:
• Cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 5 y demás disposiciones aplicables
de la Resolución SBS N.° 1297-2022.
• Se encuentren debidamente inscritas y habilitadas en el Registro de Sociedades de
Auditoría Externa (RESAE) de la SBS.
• Se encuentren registradas y habilitadas en el Colegio de Contadores Públicos
correspondiente.
• Acrediten la ausencia de sanciones vigentes que afecten su participación.
• Cuenten con experiencia mínima de tres (03) años en auditoría del sistema financiero
y/o cooperativo.
• Cuenten con socios, gerentes y personal encargado de la auditoría con capacitación y
experiencia en los encargos regulados por la SBS, acreditando al menos tres (03) años
de experiencia en auditoría externa.
• De preferencia, acrediten experiencia mínima de dos (02) años en auditorías a
organizaciones no gubernamentales dedicadas a las microfinanzas. Este requisito no
constituye causal de descalificación.
1.7. Contenido de las Propuestas
La propuesta deberá contener:
• Propuesta técnica.
• Propuesta económica.
• Documentación que acredite la habilitación profesional.
• Constancia de inscripción y habilitación en el RESAE de la SBS.
• Constancia de habilitación en el Colegio de Contadores Públicos.
• Declaración o documentación que acredite la ausencia de sanciones.
• Declaración Jurada de Independencia, suscrita por el representante legal de la Sociedad
de Auditoría Externa, que acredite el cumplimiento de los requisitos de independencia
previstos en la Resolución SBS N.° 1297-2022.
• Currículum vitae del equipo auditor y documentación sustentatoria, remitidos en archivo separado.
La presentación de la propuesta implica la aceptación íntegra de las presentes Bases y de las decisiones adoptadas por los órganos competentes de la COOPAC MF PRISMA durante el proceso de selección.
1.8. Informes a presentar
La Sociedad de Auditoría Externa deberá presentar:
• Dictamen de los Estados Financieros.
• Informe sobre el Sistema de Control Interno.
• Informes complementarios previstos en los artículos 17 al 20 de la Resolución SBS N.° 1297-2022.
• Informe sobre la evaluación del Sistema de Prevención de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo (LA/FT), cuando corresponda conforme a la normativa vigente.
Los informes deberán presentarse dentro de los plazos establecidos en el artículo 21 del Reglamento de Auditoría Externa para las COOPAC.
Se entregará:
• Un (01) ejemplar para la SBS.
• Un (01) ejemplar para el Consejo de Administración.
• Un (01) ejemplar para la Gerencia General.
• Un (01) ejemplar digital para el archivo institucional.
Todos los informes deberán presentarse en formato físico y digital.